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Atención Usuarios

Satisfacción Usuaria

La satisfacción usuaria, constituye una dimensión de la calidad muy relevante siendo considerada como uno de los principios orientadores de la actual Política de Salud; se le define como: “El grado de cumplimiento por parte del sistema de salud respecto de las expectativas del usuario, en relación a los servicios que éste le ofrece”.

Desde el punto de vista del Ministerio de Salud, la satisfacción del usuario es: “El conjunto de acciones que permiten cumplir con calidad, equidad y eficiencia los requisitos, necesidades y exigencias de los beneficiarios del Sistema Público de Salud” En este marco, se espera que los servicios de salud elaboren en conjunto con los establecimientos de la red asistencial y la comunidad usuaria, Planes de Satisfacción Usuaria que busquen impactar en los resultados de la gestión y en la satisfacción de la población usuaria.

Los Planes de Mejora de la satisfacción usuaria pueden ser una herramienta de mejora continua en esta área y requiere de avances progresivos orientados hacia un cambio en la cultura organizacional como en la relación entre la comunidad usuaria y los funcionarios del sector.

¿Cómo me atiendo?

Si desea ser atendido en la red de salud pública primero debe estar inscrito en Fonasa para luego inscribirse en el consultorio más cercano a su domicilio.

Para saber cuál es el establecimiento que le corresponde según la zona de residencia puede llamar al fono de salud responde (6003607777).

En el consultorio recibirá las prestaciones derivadas de los programas de Salud. Las personas deben inscribirse en un sólo establecimiento, pues así tendrán una ficha de atención con todos los antecedentes de su estado de salud, que serán conocidos y evaluados por un equipo multidsciplinario.

En el consultorio recibirá las prestaciones de los programas de Salud los que se clasifican en niño, adolescente, adulto, adulto mayor y de la mujer.

Para recibir esta atención las personas deberán solicitarla en su consultorio, ya sea acudiendo a él o llamando directamente.

Derechos y Deberes

El 01 de octubre de 2012 entró en vigencia la Ley de Derechos y Deberes de los Pacientes que establece cuáles son los derechos y deberes de las personas en relación con las acciones vinculadas a su atención de salud. La iniciativa legal resguarda principios básicos de atención en salud, disposiciones que se aplican tanto en el sector público como privado.Esta ley viene a fortalecer el eje principal de la salud pública en nuestro país: los usuarios.

Los derechos y deberes establecidos en esta ley deben estar plasmados de manera visible y clara en la ”Carta de Derechos y Deberes de los Pacientes” en donde se especifica cada uno de los aspectos señalados en la nueva ley.

Esta carta debe estar presente en instituciones tales como: consultorios, hospitales y clínicas del país.
En nuestro Complejo Asistencial, usted podrá encontrar esta carta desplegada en diversos puntos de nuestro recinto, con el fin de entregar una atención de calidad para todos y por todos.

Para mayor información sobre la carta de Derechos y Deberes pinche aquí 

Por lo anterior, contamos con los siguientes protocolos de información:
  • Protocolo de Información Organizacional ( OIRS)
  • Protocolo información Clínica Servicio de Urgencia
  • Protocolo Información Clínica del Servicio de Cirugía
  • Protocolo Información Clínica del Servicio de Medicina
  • Protocolo Información Clínica de Maternidad Protocolo Información Clínica del S. Pediatría.
  • Protocolo de Información Clínica de Imagenología.
  • Protocolo de Información de la Unidad de Laboratorio y UMT.
  • Protocolo de Información de la Unidad de Farmacia.
  • Protocolo de Información Clínica de Nutrición
  • Protocolo de Información Clínica de la Unidad de Kinesiología
  • Protocolo Información Morgue.